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EL TRIBUNAL DE LAS AGUAS DE LA VEGA DE VALENCIA

 
El Tribunal de las Aguas de la Vega de Valencia es, sin duda, la institución de justicia hoy existente más antigua de Europa, y se puede decir que también del mundo.
Desde hace más de mil años, todos los jueves (excepto los que van de Navidad a Reyes), al sonar al mediodía la campana del Miguelete, los ocho Síndicos que forman el Tribunal se dirigen a la Puerta de los Apóstoles de la Catedral de Valencia para constituirlo.
Se cree que pudo surgir en la época romana, pero para conocer el Tribunal tal y como ha llegado a nosotros hemos de remitirnos al pueblo árabe.
Según los historiadores, fue hacia el año 960 de la era cristiana, bajo el reinado de Abderramán III, cuando se organizó como hoy lo conocemos, y así, y de forma ininterrumpida, ha llegado a nuestros días.
tribunal de la aguas
 
 
tribunal aguas   Sin embargo, para tener una evidencia clara de la existencia del Tribunal de las aguas hay que llegar al año 1238, cuando el Rey Jaime I el Conquistador, en su Fuero XXXV, reconoció y confirmó al regadío valenciano los mismos derechos que ya tenía en tiempo de los moros.
Dicho Fuero, traducido, dice...
«Por Nos y por los nuestros damos y concedemos por todo tiempo a vos todos juntos y cada uno de los habitadores y pobladores de la Ciudad de Valencia y Reino de Valencia, y de todo el término de aquel Reino, todas y cada una de las acequias, francas y libres, mayores, medianas y menores, con las aguas y manantiales y las conducciones de las aguas, y también de las fuentes, exceptuando la Acequia Real que va a Puzol, de cuyas acequias y fuentes toméis el agua, escorrentías y manantiales de agua, siempre continuamente, de día y de noche, de modo que podáis regar de ellas, y tomar las aguas sin servidumbre, servicio o tributo alguno, y que toméis las dichas aguas según antiguamente fue establecido y acostumbrado en tiempo de los sarra- cenos.»
 
 
Con esta disposición real se aseguró el regadío valenciano y la permanencia del Tribunal de las Aguas con las siguientes características:
• El lugar de reunión del Tribunal se fija en la puerta de la catedral, anteriormente una mezquita árabe: Tras la Reconquista muchos moros continuaron cultivando nuestra huerta, pero su religión les impedía entrar en una iglesia cristiana, por lo que los juicios, que antes se celebraban en el interior, se sacaron a la puerta.
• El día de reunión se establece en el jueves, víspera de la fiesta del pueblo moro, y antes de las doce del mediodía, hora en la que, zanjados cualquier discusión o pleito, ya se puede comenzar la fiesta.
 
 
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